El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica condenó a Rigoberto Andrés Gajardo Muñoz a la pena de 12 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en comuna de Loncoche, en abril de 2020.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las juezas Ximena Saldivia Vega (presidenta), Alejandra Rosas Lagos (redactora) y Adriana Knopel Jaramillo– aplicó, además, a Gajardo Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 20 de abril del 2020, “el acusado Rigoberto Andrés Gajardo Muñoz, concurre hasta el sector Niguén de la comuna de Loncoche, lugar que corresponde al inmueble de la víctima Gabriela Aburto Millacura de 73 años de edad, quien vivía sola en dicho sector.
Una vez en el lugar, al interior del domicilio de la víctima, el acusado Gajardo Muñoz tomó un trozo de madera existente en el lugar con el cual golpeó en reiteradas ocasiones a la víctima en su cara, cabeza, tronco y manos.
A consecuencia de lo anterior, Gabriela Aburto Millacura resultó con golpes contundentes en cuero cabelludo, tronco y manos, herida penetrante en región dorsal alta, heridas cortantes pequeñas en cuero cabelludo y cara, los cuales ocasionaron un traumatismo encéfalo craneano cerrado que le causó la muerte, de acuerdo a lo determinado por el médico legista en autopsia efectuada por el Servicio Médico Legal de Temuco”.