Más de 130 mil pensionados recibirán el pago del aguinaldo de Fiesta Patrias

Más de 130 mil pensionados recibirán el pago del aguinaldo de Fiesta Patrias

Más de 130 mil pensionados recibirán el pago del aguinaldo de Fiesta Patrias - Red Informativa
Para este 2019 el monto del beneficio es de $19.535 por pensionado y se incrementará en $10.022 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del año en curso. Así lo señaló, Patricio Sáenz “Llega septiembre y con ello, el Presidente nos ha instruido informar, una buena noticia para más de 130 mil pensionadas y pensionados que recibirán su Aguinaldo de Fiestas Patrias. Este 2019 el monto del beneficio es de $19.535 por pensionado y se incrementará en $10.022 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del presente año, en los casos que tengan cargas”.
El Aguinaldo que paga el Instituto de Previsión Social (IPS), se incluye en la liquidación de pago de septiembre y se cancela con antelación a las festividades, a fin de que todas las personas cuenten con su beneficio en los días previos a estas fiestas. El Estado desembolsará más de 44 mil millones de pesos para materializar esta iniciativa.
Por su parte, Joaquín Núñez, destacó la importancia de recibir su pago a tiempo “Hemos generado todas las acciones para que, en el caso de los beneficiarios y beneficiarias del IPS, el aguinaldo se incluya en la liquidación de pago de pensión del mes de septiembre de 2019, antes de Fiestas Patrias. Nuestros pensionados no tienen que hacer ningún trámite para recibir esta ayuda económica que les entrega el Estado, porque el pago del aguinaldo viene incluido en la pensión mensual.”
¿Qué es el Aguinaldo de Fiestas Patrias?
Se trata de un beneficio que tradicionalmente se paga en septiembre de cada año, a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos en la ley (Artículo 21 de la Ley N° 21.126, publicada en el Diario Oficial del 17/12/2018).

¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

Tienen derecho los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2019. También tienen derecho los pensionados del DL 3.500 (Sistema de AFP), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:

 Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
 Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
 Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
 Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
 Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
 Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
 Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
 Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

Es importante señalar que cada persona tiene derecho a un solo Aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones, o beneficios, sean éstos pagados por el IPS o por otras instituciones de seguridad social.
¿Cuáles son los canales de atención del IPS para obtener más información sobre el Aguinaldo de Fiestas Patrias?
Las personas pueden consultar en los canales de atención ChileAtiende del Instituto de Previsión Social: Call Center 101, www.chileatiende.cl o en las redes sociales en Facebook, Twitter e Instagram.

TE PUEDE INTERESAR